Procedimiento en caso de Emergencia
Estimado Cliente tenga presente, que al ocurrir un siniestro Ud deberá:
1) Comunicarlo de inmediato a la Compañía Aseguradora en forma verbal o por escrito, salvo en caso de fuerza mayor debidamente justificada.
Sin perjuicio de lo anterior, deberá confirmar la denuncia detalladamente por carta certificada, formulario o fax, cumpliendo con los plazos estipulados por cada ramo.
2) Ejecutar todos los actos que tiendan a evitar la extensión del daño.
3) Dejar constancia en la unidad policial más cercana al sitio del siniestro, EN FORMA INMEDIATA.
4) Proporcionar todos los informes y documentos que la compañía le solicite directamente o a través del liquidador designado al efecto y cooperar en la inspección del daño
5) Conservar las partes dañadas o defectuosas y en general las evidencias del siniestro y ponerlas a disposición de la Aseguradora o liquidador de seguros, para que puedan ser examinadas.
El asegurado que, mediando culpa grave o dolo, deja de cumplir con las obligaciones antes mencionadas; o que maliciosamente emplea pruebas o antecedentes falsos para acreditar los mismos, sin perjuicios de las responsabilidades legales que correspondan perderá su derecho a indemnización. |