Procedimiento en caso de Emergencia

Estimado Cliente tenga presente, que al ocurrir un siniestro Ud deberá:

1) Comunicarlo de inmediato a la Compañía Aseguradora en forma verbal o por escrito, salvo en caso de fuerza mayor debidamente justificada.

Sin perjuicio de lo anterior, deberá confirmar la denuncia detalladamente por carta certificada, formulario o fax, cumpliendo con los plazos estipulados por cada ramo.

2) Ejecutar todos los actos que tiendan a evitar la extensión del daño.

3) Dejar constancia en la unidad policial más cercana al sitio del siniestro, EN FORMA INMEDIATA.

4) Proporcionar todos los informes y documentos que la compañía le solicite directamente o a través del liquidador designado al efecto y cooperar en la inspección del daño

5) Conservar las partes dañadas o defectuosas y en general las evidencias del siniestro y ponerlas a disposición de la Aseguradora o liquidador de seguros, para que puedan ser examinadas.

El asegurado que, mediando culpa grave o dolo, deja de cumplir con las obligaciones antes mencionadas; o que maliciosamente emplea pruebas o antecedentes falsos para acreditar los mismos, sin perjuicios de las responsabilidades legales que correspondan perderá su derecho a indemnización.


 
Plazos de Presentación de los distintos tipos de Seguros

Ramo

Constancia Policial
Tiempo para avisar a la Compañía de Seguros
Vehículos Motorizados
En Forma Inmediata
10 días corridos desde ocurrido el siniestro. En caso de robo, debe ser inmediato.
Equipo de Contratistas / Maquinarias
5 días corridos desde ocurrido el siniestro. En caso de robo debe ser inmediato.
Accidentes Personales
8 días corridos desde ocurrido el siniestro.
Incendio y otros riesgos
5 días corridos desde ocurrido el siniestro.
Robo de bienes
Dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro.
Responsabilidad Civil
En forma inmediata, una vez recibido un reclamo verbal, demanda escrita o la muerte de una persona.
 
Todo aquel siniestro presentado fuera del plazo legal, y normado en cada tipo de seguros, perderá su derecho a ser indemnizado por la respectiva compañía aseguradora.


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